Escrito por Gustavo Larios Velasco
20-05-2009
¿Por qué el inducir o convencer a un menor de edad para que participe en tauromaquia ha sido considerado por los ombudsman de Yucatán y Chiapas como actos atentatorios de sus derechos fundamentales?
Conforme a la Declaración de los Derechos del Niño (1959), la sociedad debe procurar el sano desarrollo de sus niños: física, intelectual y emocionalmente. Ni sus padres ni nadie tienen el derecho de deformar tal desarrollo.
Algunos de los derechos de los niños que se violan cuando se les lleva a una corrida o, peor aún, cuando se les hace trabajar como torturadores de becerros, son los siguientes:
*El derecho a la educación, que conforme se ha especificado en las convenciones de los derechos de los niños, no sólo se refiere al acceso a las escuelas, sino también a que se debe inculcar en ellos una cultura para el mantenimiento de la paz, lo que desde luego no puede ocurrir si se les enseña a torturar y matar animales, pues conforme se ha demostrado en estudios criminológicos, tales acciones son germen de violencia social.
*El derecho a no ser obligado a trabajar, que obviamente en el caso de los niños toreros es violado, pues no están practicando un deporte o una actividad cultural o recreativa, sino que son mera mano de obra en un negocio, en el que además, llevan todo el riesgo físico y el daño emocional.
*El derecho a no ser maltratado. En el caso de los niños toreros no sólo puede haber un maltrato físico, sino que son deformados sus sentimientos naturales, y eso desde luego implica un maltrato aún peor: el sicológico. En un reportaje del periódico electrónico El Mundo del 10 de agosto de 2008, sobre el menor de edad de nombre Michel Lagravere, al que sus padres le hacen torear, el periodista refiere que el menor suele decir a su madre: “… ay qué pena me da matarlos, cuando son tan buenos… (refiriéndose a los becerros)”.
Inducir a un niño a la violencia está tipificado como el delito de corrupción de menores. Expertos en la conducta humana como Ascione, Boat, Felthous & Kellert, Geddes, o Loar & White han demostrado que cuando un niño se acostumbra a torturar y matar animales se está gestando en él una personalidad muy violenta y peligrosa.
Los derechos del niño han permeado en leyes como las de Yucatán y Chiapas, que son los estados en los que se han emitido medidas cautelares para que los menores de edad no puedan torear. Por otra parte, el contexto normativo nacional es consistente con esa posición de proteger a los menores de edad de una deformación surgida del maltrato a los animales.
La recomendación emitida este año en Yucatán alude a la Convención Internacional de los Derechos de los Niños, que fue ratificada por México en septiembre de 1990, estimando que cuando los niños o jóvenes son puestos a torear, se violan los artículos 19 y 32 por el abuso físico, la explotación económica y la deformación mental, espiritual y moral a que se les somete.
En sentido similar, la Comisión de Derechos Humanos de Chiapas emitió una medida cautelar para que el pasado 26 de abril no pudieran torear unos menores de edad, con el objetivo de salvaguardar su integridad física y mental.
Estos avances en pro de los niños mexicanos deben ser un ejemplo a seguir y llevarnos a una ética social no discriminadora, digna del siglo XXI.
La intolerancia entre humanos es difícil de erradicar, y más aún, el abuso hacia los no humanos. Quienes lucran con la vida de otros presionan para evitar la evolución; sin embargo, las nuevas generaciones son esperanzadoras: los niños y jóvenes actuales rechazan casi en su totalidad los espectáculos con animales y tienen una visión menos antropocéntrica del mundo. La sociedad en su mayoría va evolucionando; esperamos que los gobernantes, también en mayoría, lo hagan.
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